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PROPUESTA: BASES PARA LA GESTIÓN MUNICIPAL
MUNICIPIO DE ACAPULCO DE JUÁREZ MESA: INGRESOS COMISIÓN: INGRESOS MUNICIPALES PRINCIPIO: GESTIÓN DE LOS MUNICIPIOS:
El objetivo de esta propuesta es definir y normar el proceso de descentralización que se base en la atribución y distribución de facultades y competencias al orden de gobierno que mejor pueda asumir su cumplimiento. Un marco legal que clasifique las competencias de los ayuntamientos entre las que ejercen por mandato constitucional, y aquellas a las que, por gestión propia o por cesión federal o estatal, y atendiendo a bases definidas que califiquen la capacidad municipal, puedan acceder los ayuntamientos, previéndose también la transferencia de los recursos necesarios para realizarlas efectivamente. Se deberá superar el principio de que los municipios cuenten con los recursos suficientes para el desempeño de las funciones que la ley le señala, para abrir el espacio del desarrollo creativo, autónomo y sustentable. Los municipios podrán gestionar y allegarse recursos para otras funciones, en la medida en que demuestran su madurez institucional, su eficiencia administrativa, y contar con un “buen gobierno” reflejado en una serie de indicadores; dadas las condiciones adecuadas y establecidas, los municipios elegibles estarán facultados para entre otros, definir sus propios tributos, elaborar y aprobar sus presupuestos, establecer compromisos crediticios y contractuales más allá del término de la gestión municipal, ejercer los recursos con mayor libertad, gestionar la cesión de impuestos federales, acceder a nuevas competencias: salud, educación, transporte. Finalmente se redefinirán conceptos como el patrimonio municipal y su valor financiero; se innovará en la definición de los conceptos para, por ejemplo, establecer el reconocimiento como ingreso municipal, -así como la medición y el correspondiente valor económico- al trabajo voluntario comunitario o aceptar el uso de los recursos naturales municipales como insumo de obra pública. Exentar a municipios del pago a la federación por la disposición de bienes federales, estratégicos para el funcionamiento de los municipios más pobres, como son el agua y la señala de radio. Esta ley se prevé como un instrumento que dé equilibrio
a recursos con responsabilidades, que no limite la libertad municipal
pero que mantenga el control del efectivo ejercicio de las facultades
recaudatorias y de la aplicación de los recursos. Que aliente la
eficiencia recaudatoria y la disciplina presupuestal, la comprobación
del gasto y la transparencia en la administración de los recursos. ÍNDICE a. Del municipio: i. Definición b. Bases del gobierno municipal i. Organización c. Recursos de la hacienda municipal i. Facultades y potestades tributarias 1. Trabajo voluntario iv. Participación en la recaudación federal d. Las competencias del gasto municipal OBJETIVO: Establecer un sistema de categorías, atendiendo a las características de los gobiernos municipales y de sus administraciones. Basar la descentralización de recursos, facultades y competencias en el reconocimiento de las diferencias entre los gobiernos municipales. El criterio actual –implícito en las diversas políticas, bases y fórmulas federales y estatales- de distribución de los recursos fiscales hacia los municipios, predomina el carácter compensatorio, en donde el factor de distribución principal es la pobreza y el número de habitantes. Se entregan recursos a una administración municipal, con criterios predominantemente demográficos y sociales, desatendiendo la eficiencia o incapacidad de quien administra el recurso. La propuesta se inclina por una categorización no de los municipios, sino de sus gobiernos y de sus capacidades y recursos fiscales, recaudatorios, administrativos, de servicios y de respuesta a las demandas de la población; su capacidad de ejercer la gobernanza. Basar una propuesta de descentralización tributaria y de competencias, teniendo como parámetros las características poblacionales como factor predominante, puede tener consecuencias caóticas, ya que estos indicadores no valoran la capacidad de gobierno y de las instituciones, que garantice una correcta y eficiente aplicación de los recursos. Esta propuesta para la categorización de gobiernos municipales plantea la consideración de otros elementos, que sean las bases sobre las que se distribuyan los recursos federales y se gestionen nuevas facultades y competencias municipales: 1. LOS RECURSOS MUNICIPALES a. LOS RECURSOS MUNICIPALES La capacidad de generación de los recursos municipales es un elemento prioritario en este esquema, que sin embargo no debe limitarse a la eficiencia en la recaudación de los ingresos propios municipales; hay otros elementos que constituyen recursos municipales y deben ser tomados en cuenta en su valor de mercado y de estructura financiera: p.e. el patrimonio municipal, la riqueza territorial, el trabajo voluntario de la comunidad, el aprovechamiento de los usos y costumbres, mediante los cuales algunos municipios resuelven sus problemas; el uso de los recursos naturales como materiales para la realización de obra pública, son algunos ejemplos. Estimular no sólo la eficiencia o el esfuerzo recaudatorio del municipio, sino su capacidad para crear, desarrollar y aprovechar recursos propios adicionales. b. LA CAPACIDAD INSTITUCIONAL El desarrollo institucional, la modernización de los sistemas administrativos, la estructura del gasto, la transparencia, la calificación crediticia, los órganos de participación ciudadana en la administración, el certificado de calidad y cobertura de los servicios públicos municipales; el aprovechamiento pleno de las facultades tributarias, etc. son indicadores de un gobierno municipal, que reflejan la capacidad institucional y de gobierno, para acceder o no, a más recursos, facultades y competencias. c. LA PRODUCTIVIDAD FISCAL MUNICIPAL La “productividad fiscal” del municipio, se refiere al monto
de recaudación de impuestos federales proveniente del municipio.
Los municipios deben participar adicionalmente de esta recaudación,
en la medida en que la actividad productiva genere gastos a la administración
municipal. son gastos que los gobiernos municipales se ven obligados a
ejercer en conceptos no sujetos a una valoración específica;
que son demandas originadas por la vocación productiva propia del
municipio y que generan un beneficio fiscal importante a la federación.
Sin embargo, el ayuntamiento no recibe recursos adicionales de la federación
para cubrir el gasto. Es el caso, por ejemplo, de los municipios de vocación
turística, cuya inversión en desarrollo y mantenimiento
de la infraestructura urbana, de servicios públicos, de atención
al turismo, etc., a un nivel competitivo en el mercado, acapara buena
parte de los recursos municipales y no recibe participación federal
al respecto. Es pues necesario que una categorización de gobiernos
municipales tome en cuenta la “productividad fiscal federal”
de los municipios para la reasignación de potestades, de recursos
y la re-definición de competencias. Desde luego, aplica el mismo
argumento para los municipios que son depositarios de bienes nacionales
culturales, históricos, ecológicos, etc. |