PROPUESTA: BASES PARA LA GESTIÓN MUNICIPAL
MUNICIPIO DE ACAPULCO DE JUÁREZ

MESA: INGRESOS

COMISIÓN: INGRESOS MUNICIPALES

PRINCIPIO: GESTIÓN DE LOS MUNICIPIOS:


• CON BASE EN LA OBTENCIÓN DE GRADOS DE CALIDAD INSTITUCIONAL,
•ATENDER NUEVOS SERVICIOS, INFRAESTRUCTURA Y PROGRAMAS DE DESARROLLO, COMPETENCIA FEDERAL O ESTATAL,
• CON LOS RECURSOS FISCALES NACIONALES PROGRAMADOS.


OBJETIVO: Contar con un instrumento legal que defina en términos actuales, efectivos y operativos, el sentido y alcances de la autonomía y la libertad municipal. Lograr la efectiva transición de un municipio administrador de servicios públicos a un verdadero orden de gobierno. Establecer las potencialidades del desarrollo hacendario municipal y normar la responsabilidad que implica el ampliar facultades y competencias. Armar una estructura legal flexible que reconozca el derecho de los municipios a gestionar sus intereses delimitando la naturaleza y alcances de éstos. Definir en consecuencia una autonomía municipal que tenga sus bases en las condiciones existentes y propias de cada municipio y de su gobierno. El límite básico de tal autonomía serían las atribuciones que establece el Art. 115 constitucional y las constituciones estatales; y tendría como límite superior, aspectos como la seguridad nacional, la energía eléctrica, el petróleo, las relaciones exteriores, y demás imperativos nacionales y estatales de carácter estratégico.

El objetivo de esta propuesta es definir y normar el proceso de descentralización que se base en la atribución y distribución de facultades y competencias al orden de gobierno que mejor pueda asumir su cumplimiento. Un marco legal que clasifique las competencias de los ayuntamientos entre las que ejercen por mandato constitucional, y aquellas a las que, por gestión propia o por cesión federal o estatal, y atendiendo a bases definidas que califiquen la capacidad municipal, puedan acceder los ayuntamientos, previéndose también la transferencia de los recursos necesarios para realizarlas efectivamente.

Se deberá superar el principio de que los municipios cuenten con los recursos suficientes para el desempeño de las funciones que la ley le señala, para abrir el espacio del desarrollo creativo, autónomo y sustentable. Los municipios podrán gestionar y allegarse recursos para otras funciones, en la medida en que demuestran su madurez institucional, su eficiencia administrativa, y contar con un “buen gobierno” reflejado en una serie de indicadores; dadas las condiciones adecuadas y establecidas, los municipios elegibles estarán facultados para entre otros, definir sus propios tributos, elaborar y aprobar sus presupuestos, establecer compromisos crediticios y contractuales más allá del término de la gestión municipal, ejercer los recursos con mayor libertad, gestionar la cesión de impuestos federales, acceder a nuevas competencias: salud, educación, transporte.

Finalmente se redefinirán conceptos como el patrimonio municipal y su valor financiero; se innovará en la definición de los conceptos para, por ejemplo, establecer el reconocimiento como ingreso municipal, -así como la medición y el correspondiente valor económico- al trabajo voluntario comunitario o aceptar el uso de los recursos naturales municipales como insumo de obra pública. Exentar a municipios del pago a la federación por la disposición de bienes federales, estratégicos para el funcionamiento de los municipios más pobres, como son el agua y la señala de radio.

Esta ley se prevé como un instrumento que dé equilibrio a recursos con responsabilidades, que no limite la libertad municipal pero que mantenga el control del efectivo ejercicio de las facultades recaudatorias y de la aplicación de los recursos. Que aliente la eficiencia recaudatoria y la disciplina presupuestal, la comprobación del gasto y la transparencia en la administración de los recursos.

ÍNDICE

a. Del municipio:

i. Definición
ii. Organización
iii. Patrimonio
iv. Territorio población

b. Bases del gobierno municipal

i. Organización
ii. Competencias
iii. Participación ciudadana
iv. Información y transparencia

c. Recursos de la hacienda municipal

i. Facultades y potestades tributarias
ii. Ingresos propios
iii. Otros recursos municipales:

1. Trabajo voluntario
2. Aprovechamiento de recursos naturales
3. Calificación crediticia (finanzas)
4. Certificado de calidad (servicios)

iv. Participación en la recaudación federal
v. Participación en la recaudación estatal
vi. Bases para la cesión de recaudación de impuestos estatales
vii. Bases para la cesión de recaudación de impuestos federales
viii. Bases para la participación especial a municipios por contribución a la recaudación federal
ix. Bases para la participación especial a municipios por valor patrimonial federal.

d. Las competencias del gasto municipal
e. Bases para delegación y para la gestión de nuevas competencias municipales
f. Casos de exención a municipios, del pago de derechos e impuestos federales y estatales
g. La participación de municipios en programas de desarrollo federales y estatales
h. Bases para acceder a fondos especiales, subvenciones y otros recursos federales, estatales e internacionales.
i. Normas de la coordinación fiscal y administrativa intergubernamental
j. La participación municipal en los órganos federales y estatales de coordinación fiscal
k. El crédito municipal
l. Del presupuesto y el gasto público
m. Contrataciones, adquisiciones y licitaciones
n. Rendición de cuentas y fiscalización
o. Funcionarios y empleados municipales
p. Representación y participación ciudadana en el gobierno municipal
q. La responsabilidad patrimonial del municipio
r. El plan de desarrollo municipal y el sistema municipal de indicadores de desempeño


TEMA: CATEGORIZACIÓN DE MUNICIPIOS

OBJETIVO:

Establecer un sistema de categorías, atendiendo a las características de los gobiernos municipales y de sus administraciones. Basar la descentralización de recursos, facultades y competencias en el reconocimiento de las diferencias entre los gobiernos municipales.

El criterio actual –implícito en las diversas políticas, bases y fórmulas federales y estatales- de distribución de los recursos fiscales hacia los municipios, predomina el carácter compensatorio, en donde el factor de distribución principal es la pobreza y el número de habitantes. Se entregan recursos a una administración municipal, con criterios predominantemente demográficos y sociales, desatendiendo la eficiencia o incapacidad de quien administra el recurso.

La propuesta se inclina por una categorización no de los municipios, sino de sus gobiernos y de sus capacidades y recursos fiscales, recaudatorios, administrativos, de servicios y de respuesta a las demandas de la población; su capacidad de ejercer la gobernanza.

Basar una propuesta de descentralización tributaria y de competencias, teniendo como parámetros las características poblacionales como factor predominante, puede tener consecuencias caóticas, ya que estos indicadores no valoran la capacidad de gobierno y de las instituciones, que garantice una correcta y eficiente aplicación de los recursos.

Esta propuesta para la categorización de gobiernos municipales plantea la consideración de otros elementos, que sean las bases sobre las que se distribuyan los recursos federales y se gestionen nuevas facultades y competencias municipales:

1. LOS RECURSOS MUNICIPALES
2. LA CAPACIDAD INSTITUCIONAL
3. LA PRODUCTIVIDAD FISCAL

a. LOS RECURSOS MUNICIPALES

La capacidad de generación de los recursos municipales es un elemento prioritario en este esquema, que sin embargo no debe limitarse a la eficiencia en la recaudación de los ingresos propios municipales; hay otros elementos que constituyen recursos municipales y deben ser tomados en cuenta en su valor de mercado y de estructura financiera: p.e. el patrimonio municipal, la riqueza territorial, el trabajo voluntario de la comunidad, el aprovechamiento de los usos y costumbres, mediante los cuales algunos municipios resuelven sus problemas; el uso de los recursos naturales como materiales para la realización de obra pública, son algunos ejemplos. Estimular no sólo la eficiencia o el esfuerzo recaudatorio del municipio, sino su capacidad para crear, desarrollar y aprovechar recursos propios adicionales.

b. LA CAPACIDAD INSTITUCIONAL

El desarrollo institucional, la modernización de los sistemas administrativos, la estructura del gasto, la transparencia, la calificación crediticia, los órganos de participación ciudadana en la administración, el certificado de calidad y cobertura de los servicios públicos municipales; el aprovechamiento pleno de las facultades tributarias, etc. son indicadores de un gobierno municipal, que reflejan la capacidad institucional y de gobierno, para acceder o no, a más recursos, facultades y competencias.

c. LA PRODUCTIVIDAD FISCAL MUNICIPAL

La “productividad fiscal” del municipio, se refiere al monto de recaudación de impuestos federales proveniente del municipio. Los municipios deben participar adicionalmente de esta recaudación, en la medida en que la actividad productiva genere gastos a la administración municipal. son gastos que los gobiernos municipales se ven obligados a ejercer en conceptos no sujetos a una valoración específica; que son demandas originadas por la vocación productiva propia del municipio y que generan un beneficio fiscal importante a la federación. Sin embargo, el ayuntamiento no recibe recursos adicionales de la federación para cubrir el gasto. Es el caso, por ejemplo, de los municipios de vocación turística, cuya inversión en desarrollo y mantenimiento de la infraestructura urbana, de servicios públicos, de atención al turismo, etc., a un nivel competitivo en el mercado, acapara buena parte de los recursos municipales y no recibe participación federal al respecto. Es pues necesario que una categorización de gobiernos municipales tome en cuenta la “productividad fiscal federal” de los municipios para la reasignación de potestades, de recursos y la re-definición de competencias. Desde luego, aplica el mismo argumento para los municipios que son depositarios de bienes nacionales culturales, históricos, ecológicos, etc.

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