SINTESIS

Así las cosas, en virtud de que el Notario Público constituye la profesión liberal más directa, constante e íntimamente vinculada al derecho tributario habida cuenta que acorde a la normatividad, llega a sustituir en algunos casos a la Administración Pública en el cumplimiento de sus funciones específicas de recaudación


El notario debe esmerarse en su estudio de la norma tributaria, para estar en condiciones de conciliar su doble carácter, por una vertiente, colaborador del fisco y, por otro, asesor jurídico de las partes, además que para la liquidación inexonerablemente debe alcanzar la precisión establecida en la ley

Nos inquieta de sobremanera que esta labor de cooperación sea acompañada de una larga tramitología, lo que trae como consecuencia que por satisfacer estas cargas extraordinarias

PROPUESTAS:

Primera: En la recaudación de los impuestos generados con motivo de transmisión de dominio de inmuebles, el notario constituye un elemento esencial, ya que la normatividad, le encargan las funciones de calificar, liquidar, fiscalizar y controlar los créditos fiscales.

Segunda: A efecto de salvaguardar la integridad Jurídica del instrumento, debe simplificarse al máximo la tramitología para el pago, generados con motivo de la transmisión de inmuebles

Tercera: Se sugiere incorporar un segundo párrafo a la fracción cuarta del artículo 31 Constitucional, el cual quedaría redactado en los siguientes términos:

“La Entidad Fiscal en el pago de los impuestos” procurará observar los principios de economía y comodidad."

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