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SINTESIS
Así las cosas, en virtud de que el Notario Público constituye
la profesión liberal más directa, constante e íntimamente
vinculada al derecho tributario habida cuenta que acorde a la normatividad,
llega a sustituir en algunos casos a la Administración Pública
en el cumplimiento de sus funciones específicas de recaudación
El notario debe esmerarse en su estudio de la norma tributaria, para estar en
condiciones de conciliar su doble carácter, por una vertiente, colaborador
del fisco y, por otro, asesor jurídico de las partes, además que
para la liquidación inexonerablemente debe alcanzar la precisión
establecida en la ley
Nos inquieta de sobremanera que esta labor de cooperación sea acompañada
de una larga tramitología, lo que trae como consecuencia que por satisfacer
estas cargas extraordinarias
PROPUESTAS:
Primera: En la recaudación de los impuestos
generados con motivo de transmisión de dominio de inmuebles,
el notario constituye un elemento esencial, ya que la normatividad,
le encargan las funciones de calificar, liquidar, fiscalizar y controlar
los créditos fiscales.
Segunda: A efecto de salvaguardar la integridad Jurídica
del instrumento, debe simplificarse al máximo la tramitología
para el pago, generados con motivo de la transmisión de inmuebles
Tercera: Se sugiere incorporar un segundo párrafo
a la fracción cuarta del artículo 31 Constitucional, el
cual quedaría redactado en los siguientes términos:
“La Entidad Fiscal en el pago de los impuestos” procurará
observar los principios de economía y comodidad."
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