ACUERDO DE LA COMISION PERMANENTE DE FUNCIONARIOS FISCALES,
EN EL CUAL SE AUTORIZA AL INDETEC, A COBRAR LOS SERVICIOS A LOS
MUNCIPIOS.
A partir de la CLXI reunión de la Comisión Permanente
de Funcionarios Fiscales celebrada el 9 de febrero de 2001, se estableció
que parte del presupuesto del Instituto se cubriría a través
de cobrar algunos servicios específicos prestados por el
mismo a las entidades federativas o municipios, acuerdo que se ratificó
con mayor claridad en la CCVI reunión de la Comisión
Permanente de Funcionarios Hacendarios, celebrada el 19 de mayo
del 2005, en el cual expresamente se señala lo siguiente:
“206/3.- Se instruye al Indetec para que en todos los servicios
que proporcione directamente a los municipios del país
se lleven a cabo mediante una aportación extraordinaria,
equivalente al costo de los propios servicios, e incluya en los
informes financieros lo relativo a estos conceptos”
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