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ACUERDO DE LA COMISION PERMANENTE DE FUNCIONARIOS FISCALES, EN EL CUAL SE AUTORIZA AL INDETEC, A COBRAR LOS SERVICIOS A LOS MUNCIPIOS.

A partir de la CLXI reunión de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales celebrada el 9 de febrero de 2001, se estableció que parte del presupuesto del Instituto se cubriría a través de cobrar algunos servicios específicos prestados por el mismo a las entidades federativas o municipios, acuerdo que se ratificó con mayor claridad en la CCVI reunión de la Comisión Permanente de Funcionarios Hacendarios, celebrada el 19 de mayo del 2005, en el cual expresamente se señala lo siguiente:

“206/3.- Se instruye al Indetec para que en todos los servicios que proporcione directamente a los municipios del país se lleven a cabo mediante una aportación extraordinaria, equivalente al costo de los propios servicios, e incluya en los informes financieros lo relativo a estos conceptos”


 

 

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